Empresa Anónima
Creación de una Empresa Anónima
La sociedad anónima (S.A.) es una forma de organización de
tipo capitalista muy utilizada entre las grandes compañías. Todo el capital se
encuentra dividido en acciones, las cuales representan la participación de cada
socio en el capital de la compañía. Una de las características de la sociedad
anónima es que la responsabilidad de cada socio es proporcional al capital que
haya.
Por eso, participar en una S.A. tiene un nivel de seguridad
financiero bastante alto. Además, al contrario de una sociedad personalista, la
S.A. como sociedad capitalista es una estructura orgánica personal. Esto
significa que una S.A. puede hacer actuar como persona jurídica. La fundación
de una Sociedad Anónima requiere un capital mínimo bastante alto. En España, la
Ley de Sociedades Anónimas define un capital social mínimo de $2,ooo.oo
Índice
Introducción
Objetivo General
Objetivos Específicos
Creación de una Empresa Anónima
¿A que se dedicará la empresa?
Productos y servicios que ofrecerá
Análisis del entorno competitivo 5 fuerzas Michael Porter
Competencia interna
Barreras de entrada
Compradores
Proveedores
Sustitutos
Tipo de sociedad que se conformara según el código de
comercio (ANÓNIMA)
¿Qué es una empresa con sociedad anónima?
Historia y antecedentes de las sociedades anónimas en El
Salvador
REQUISITOS PARA CONSTITUIRLA
FORMAS DE CONSTITUCIÓN
Documentación requerida
RUC F210
Tramite de NIT persona natural
Tramites de NIT persona jurídica
Declaración para persona jurídica
Declaración para persona natural
Credenciales
Formulario de trámites empresariales
Conclusiones
Anexos
Bibliografía
Introducción
La operatividad de una sociedad en El Salvador implica dar
cumplimiento a una serie de requisitos de diversa índole, los que son impuestos
por los diferentes cuerpos legales que conforman la Legislación Salvadoreña.
Como es de esperar, el dar cumplimiento a tales requisitos significa emprender
un proceso demorado y relativamente complejo, que requiere completar una serie
de tramites en diferentes dependencias gubernamentales; estando cada tramite
sustentado en diferentes cuerpos legales, los que establecen disposiciones
especificas, superpuestas o complementarias entre si, que deben evacuarse
íntegramente para avanzar en el proceso de tramite para legalizar una sociedad.
La complejidad de este proceso radica en la necesidad de
contar con ciertos pre requisitos para su realización, entre tales
pre-requisitos se encuentran: la compilación y comprensión de una extensa
cantidad de disposiciones contenidas en diversos cuerpos legales de diversa
naturaleza, el conocimiento sobre todas las dependencias que han de ser
visitadas durante el proceso, saber que tipo de documentación y en que cantidad
ha de anexarse en las solicitudes que se presenten ante cada dependencia, y
tener en claro los plazos máximos concedidos por las diferentes leyes para presentarlas.
Exponer puntualmente cada etapa del proceso; esclareciendo
su fundamento legal, las instituciones que deben visitarse así como mostrar los
diferentes formularios que se utilizan con la debida documentación que debe
anexarse; motivan y dan origen a la presente investigación, la que pretende
constituir un marco de referencia útil, práctico, y accesible para cualquier
lector interesado en el tema, siendo irrelevante el hecho de que este cuente o
no con conocimientos profundos en la materia.
Objetivo General
1. Proporcionar un manual sencillo, completo y actualizado
sobre los pasos que deben seguir todos los emprendedores que busquen constituir
una Sociedad Anónima en El Salvador.
Objetivos Específicos
1. Compilar la base legal que sustenta la obligatoriedad los
trámites a efectuar.
2. Exponer las disposiciones específicas de los diferentes
cuerpos legales que tienen injerencia sobre el proceso.
Creación de una Empresa Anónima
“Buenas Migas”
¿A que se dedicará la empresa?
Como grupo hemos decidido crear una empresa dedicada a la
producción y distribución de pan, elaborado con la mejor calidad.
Productos y servicios que ofrecerá:
Actualmente nuestra empresa contara con una pequeña variedad
de producto dentro de los cuales esta:
1. Pan Francés
2. Pan dulce
a. María Luisa
b. Orejitas
c. Peperecha
d. Semita
e. Quesadillas
f. Margaritas
g. Alemana
h. Pañuelos
i. Milhojas
j. Galletas
3. Cake
4. Cake pop
5. Cup cake
Análisis del entorno competitivo
5 Fuerzas de Michael Porter
El análisis Porter de las cinco fuerzas es útil cuando se
intenta comprender el ambiente competitivo de una industria determinada. Este
involucra observar a la competencia interna, las barreras de entradas, el poder
de apropiación de las ganancias de ambos, compradores y vendedores, así como
los sustitutos de los bienes producidos.
Aplicado a la industria panadera, nos muestra un promedio de
ganancias netas que típicamente no cubren el costo del capital dado a las bajas
barreras de entrada, la facilidad de la producción y el acceso a los
ingredientes.
1. Competencia interna
Hay varios competidores en la industria panadera. Se estima
que las cuatro compañías principales solo representan el 11,7% del mercado. La
industria se caracteriza por tener muchas pequeñas panaderías, pero se ha
registrado una tendencia reciente hacia la consolidación de economía de
escalas. Los negocios compiten en precios, calidad, diferenciación y relaciones
con sus proveedores clave.
2. Barreras de entrada
Las barreras de entrada a la industria son bajas. Las
economías de escala son beneficiosas pero no son requeridas para el éxito de la
industria. Como resultado los pequeños negocios pueden ingresar con un monto
pequeño de capital. Los dos determinantes principales del éxito de las nuevas
compañías es la habilidad del líder para conseguir los suficientes canales de
distribución para cubrir los costos operativos y para construir el
reconocimiento y lealtad a la marca.
Los canales de distribución suelen incluir a tiendas minoristas, como los supermercados y tiendas de comestibles, y pueden ser más fáciles de conseguir si la panadería tiene una marca establecida o los recursos de mercadeo pueden crear una.
Los canales de distribución suelen incluir a tiendas minoristas, como los supermercados y tiendas de comestibles, y pueden ser más fáciles de conseguir si la panadería tiene una marca establecida o los recursos de mercadeo pueden crear una.
3. Compradores
Los compradores de los productos de la industria panadera,
como los supermercados, las tiendas de comestibles o de conveniencia y las
cadenas hoteleras, son capaces de apropiarse de una buena parte de la ganancia
de debido al gran número de pequeñas panaderías que compiten para conseguir una
salida para sus productos. Como resultado, los compradores pueden conseguir
precios bajos y descuentos por cantidad.
4. Proveedores
Los proveedores no tienen mucho poder de negociación en este
negocio dado que los mercados bien desarrollados para sus productos de consumo
masivo y la naturaleza de lo que venden. Las panaderías pueden ser afectadas
por las variaciones de precios de las materias primas, pero estos cambios son
un resultado de los determinantes de la oferta y la demanda global en lugar del
poder de negociación de los proveedores.
5. Sustitutos
Existen muchos sustitutos para estos productos. Los cereales
para el desayuno, el arroz y las papas son alternativas viables y las personas
también pueden hornearlos en sus casas. Para evitar esto, las panaderías
confían en los productos y en la conveniencia.
Tipo de sociedad que se conformara
según el código de comercio (ANÓNIMA)
¿Qué es una empresa con sociedad anónima?
La Sociedad Anónima es una sociedad de capital en la que los
accionistas responden hasta por el monto de sus aportaciones ante las
obligaciones sociales (Art. 126-127 del C.C). Se constituye bajo denominación,
la cual se forma libremente sin más limitación que la de ser distinta de la de
cualquiera otra sociedad existente, inmediatamente seguida de las palabras:
"Sociedad Anónima", o de su abreviatura: "S.A.". La omisión
de este requisito acarrea responsabilidad ilimitada y solidaria para los
accionistas y los administradores. (Art. 191 del C.C.)
Historia y antecedentes de las sociedades anónimas en El
Salvador
La constitución de una sociedad anónima establece la
responsabilidad legal de la organización por separado, y limita la de los
integrantes o agentes individuales. Durante un tiempo se condenó la
<<responsabilidad limitada>> considerándola una trasgresión de la
responsabilidad individual; pero este nuevo artificio era útil a muchos, y las
objeciones basadas en el concepto de obligación pronto fueron superadas."
La historia registra que el hombre necesitó asociarse de
diferentes maneras desde la época primitiva para el beneficio de sus objetivos
y lograr los medios de subsistencia en ese entonces que eran principalmente la
alimentación y la convivencia social, en tal sentido la Asociatividad tiene sus
orígenes desde el momento mismo que el hombre creó esta necesidad. Luego a lo
largo del tiempo y de la especialización del conocimiento del pensamiento del
hombre, la Asociatividad se ha desarrollado enormemente, creando diferentes
modelos sociales que permiten en la actualidad el buen funcionamiento,
operacional y organizativo de los grupos que se unen para fines comunes.
En el sentido económico mercantil la Asociatividad abarca
diferentes tipos de grupos de personas, como son Asociaciones Cooperativas,
Sociedades Mercantiles, etc. En cuanto a las Asociaciones Cooperativas en El
Salvador, se puede mencionar que el antecedente directo se encuentra desde tiempos
muy antiguos en los cuales las personas se reunían con el objeto de crear
fuentes de empleo y de producción con finalidades de lucro, sin embargo lo
hacían de una manera informal, ya que no existía una regulación que
acondicionara sus operaciones de trabajo.
Fue hasta seis de Mayo de mil novecientos ochenta y seis,
que el Gobierno Central intervino formulando un decreto legislativo No 339 el
cual creaba la Ley General de Asociaciones Cooperativas, en el que se regulaban
todas las actividades que realizaran las personas que se agruparan para tal
fin.
Por otra parte, las Sociedades Mercantiles son entidades
sociales que el hombre ha creado, por medio de la especialización de sus
negocios, con el objetivo de delimitar actividades lucrativas a las cuales se
dedica, para lo cual, en la presente investigación se presentará únicamente
aspectos sobre sociedades anónimas de capital variable, las cuales entre los
estudiosos de la historia mercantil a nivel mundial se dice que no existe un
consenso en cuanto a los antecedentes de las sociedad anónima, para algunos
tratadistas las societatis vectigalium publicaron un derecho romano, que se
constituían con el objeto de cobrar impuestos, son una forma rudimentaria de
sociedad anónima, ya que en ellas, según la doctrina, se manifestaba la
principal característica de esta especie de sociedades, es decir, la limitación
de la responsabilidad de los socios.
Otros autores creen encontrar antecedentes más próximos de
las sociedades anónimas en la colonna o en la mommenda italianas, generalmente
constituidas para la explotación de navíos o para el comercio marítimo.
De la misma manera, ciertos tratadistas sostienen que el
antecedente directo de la sociedad anónima se encuentra en las asociaciones de
acreedores del Estado y, en especial, en la Casa de San Jorge Genovesa que más
tarde, en 1407, fue reorganizada como Banco de San Jorge, cuyo capital social,
según algunos estaba dividido en títulos-valor es libremente transmisibles.
No obstante, las opiniones más generalizadas afirman que el
antecedente directo de la sociedad anónima hay que buscarlo en Holanda,
concretamente en la Compañía Holandesa de las Indias Orientales, constituida el
20 de Marzo del OXFORD, Sociedades Mercantiles, colección de textos jurídicos
universitarios. 1602, con el objeto de dedicarse al comercio marítimo y, de
forma principal, a la colonización del lejano oriente. Esta sociedad, cuya
existencia se prolongó por tres siglos, reunía cuatro características de la
sociedad anónima moderna, a saber: La de existir bajo una denominación social;
la de responsabilidad limitada de sus socios, la de libre transmisibilidad de
los derechos de socio y la incorporación de estos derechos en títulos
denominados acciones.
En cuanto a la variabilidad del capital las sociedades
tuvieron su origen en la Ley francesa de 1867, promulgada con el propósito de
suprimir los numerosos requisitos que exigía la legislación civil, respecto a
los aumentos de capital social y al ingreso y retiro de los socios de las
cooperativas, aunque no se limitó a ésta, pues la modalidad también se hizo
extensiva a las restantes sociedades mercantiles.
Dentro de las sociedades mercantiles encontramos una de las
sociedades más importantes, la cual es la sociedad anónima, históricamente no
hay una teoría concluyente o que determine específicamente el origen histórico
de las sociedades anónimas, para algunos autores sus orígenes están en el
derecho Romano, para otros no hay ninguna referencia de que el antiguo derecho
haya conocido las sociedades anónimas.
En El Salvador, la regulación legal de las Sociedades
Mercantiles se llevó a cabo a los quince días del mes de Febrero de mil
novecientos noventa y tres, por medio del Decreto Legislativo número 271 en el
cual se formuló la Ley del Registro de Comercio, la cual derogaría a partir del
primero de Julio del mismo año, las siguientes leyes:
Ley de Registro y
Matriculas de Comercio, según DL 32 de fecha 19 de Julio de 1941, publicada en
DO. 168 tomo 131 del 28 del mismo año.
Los artículos
14,16,18 y 29 y el Título X de la Ley de patentes de Invención, según decreto
legislativo del 19 de Mayo de 1913, publicado en DO. 059 tomo 75 el 11 de
Septiembre del mismo año.
Los artículos 23,28,36,37 y 38 de la Ley de Marcas de
Fabrica, contenida en Decreto Legislativo No 2565 del 19 de Diciembre de 1957,
publicado en DO. 241 tomo 177 el 20 del mismo mes y año.
Los ordinales 30,31,32,33 el Art.1º los numerales 37,38,39 6
40 del Art.13 los artículos del 17 al 23 inclusive, 42,43,44,45 y 46 todos de
la Ley de papel sellado y Timbres, contenida en el Decreto Legislativo del 1º
de Julio de 1915, y publicado en el diario oficial No 147 tomo 78 del 25 del
mismo mes y año.
Y las disposiciones
de la Ley de Papel Sellado y Timbres, únicamente en lo que atañe a matrículas
de timbre.
Como construir una Sociedad Anónima en El Salvador
Requisitos Para Constituirla
Para constituir una Sociedad Anónima, se requiere:
1. Que el capital social no sea menor de dos mil dólares y
que esté íntegramente suscrito.
2. Que se pague en dinero efectivo, cuando menos, el cinco
por ciento del valor de cada acción pagadera en numerario.
3. Que se satisfaga íntegramente el valor de cada acción,
cuando su pago haya de efectuarse en todo o en parte, con bienes distintos del
dinero.
En todo caso, debe estar íntegramente pagada una cantidad
igual a la cuarta parte del capital de fundación. (Art. 192 del C.C.)
FORMAS DE CONSTITUCIÓN
Las Sociedades Anónimas se pueden constituir de dos formas:
- Por fundación simultánea
- Por suscripción sucesiva o pública
La Sociedad se constituye por escritura pública, cuando la
constitución se haga por fundación simultánea, no se necesita más trámite para
que se le otorgue, sin embargo, se debe tener en cuanta lo siguiente:
Las aportaciones en efectivo se deben hacer por medio de
cheque certificado o certificado de depósito del dinero hecho en una
institución bancaria debidamente endosado. En la escritura de constitución, el
notario debe relacionar dichas circunstancias.
Las aportaciones en especie deben ser efectuadas según valúo
hecho previamente por dictamen pericial de la Oficina que ejerza la vigilancia
del Estado (Art. 362 del C.C.). Esta circunstancia debe hacerse constar en la
escritura social.
Si el capital se forma por suscripción sucesiva o pública;
esta se otorga después de llenar las formalidades siguientes:
a) Los fundadores deben presentar a la oficina que ejerza la
vigilancia del Estado, un programa con el proyecto de escritura social que
reúna los requisitos mencionados en el artículo 194 del C.C., con excepción de
los que, por la propia naturaleza de la fundación sucesiva, no puedan
consignarse en el programa.
La oficina antes de aprobar o no el programa, debe
cerciorarse de la exactitud del avalúo de los bienes aportados en especie y de
la suscripción total del capital previsto.
b) Luego de ser aprobado el programa, se debe depositar un
ejemplar del mismo en el Registro de Comercio, acompañado de la autorización de
la Oficina respectiva, para ofrecer al público la suscripción de acciones. El
ejemplar que se deposite debe constar en acta notarial.
Todas las acciones deben quedar suscritas dentro del término
de un año, contado desde la fecha del depósito del programa, a no ser que en éste
se fije un plazo menor. Si vencido este plazo el capital social no ha sido
íntegramente suscrito, o por cualquier motivo no se llega a constituir la
sociedad, los suscriptores quedan desligados de su obligación y las
instituciones bancarias deben devolver las cantidades que hayan depositado. Las
promesas de aportaciones en especie quedan sin ningún valor.
Toda la propaganda que se realice para obtener
suscripciones, debe ser aprobada previamente, por la mencionada Oficina.
Cada suscripción se debe recoger por duplicado en
ejemplares del programa, y contendrá:
I. El nombre y domicilio del suscriptor.
II. La cantidad de las acciones suscritas; su naturaleza,
categoría y valor.
III. La forma y plazos en que el suscriptor se obligue a
pagar la primera exhibición.
IV. La determinación de los bienes distintos del dinero,
cuando las acciones hayan de pagarse con éstos.
V. La manera de hacer la convocatoria para la junta general
constitutiva y las reglas conforme a las cuales deba celebrarse.
VI. La fecha de la prescripción.
VII. La declaración de que el suscriptor conoce y acepta el
proyecto de la escritura y el de los Estatutos, si los hubiere.
VIII. La circunstancia de estar hecho el depósito del
programa en el Registro de Comercio.
Los fundadores deben conservar en su poder un ejemplar de la
suscripción y entregar el duplicado al suscriptor. Las firmas de cada
suscripción se deben autenticar.
Los fundadores no pueden recibir a título de suscripción
cualquiera de las cantidades a que se hubieren obligado los suscriptores a
exhibir en efectivo, de acuerdo con el numeral III anterior, las cuales deber
ser depositadas en los bancos designados al efecto, para ser entregadas a los
representantes de la sociedad, una vez que haya sido constituida.
Las aportaciones en especie se formalizan al constituirse la
sociedad; pero al hacerse la suscripción se debe otorgar una promesa de
aportación, con las formalidades legales, en documento que sea exigible
ejecutivamente. Si un suscriptor falta a su obligación de aportar, los
fundadores pueden exigirle judicialmente el cumplimiento o tener por no
suscritas las acciones y, en ambos casos, el resarcimiento de daños y
perjuicios.
c) Una vez suscrito el capital social y hechas las
exhibiciones legales, los fundadores, dentro de un plazo de quince días, deben
publicar la convocatoria para la reunión de la junta general constitutiva de la
manera prevista en el programa, cumpliéndose en todo caso con lo dispuesto para
las Juntas Generales en el artículo 228 del C.C.
La junta general constitutiva se debe hacer constar en acta
notarial y se inicia con la elección de un presidente y de un secretario para
la sesión, la cual tiene por objeto:
I. Comprobar que se han satisfecho todos los requisitos que
exige la ley y los enumerados en el programa.
II. Comprobar la existencia de la primera exhibición del
capital prevenida en el proyecto.
III. Examinar, y en su caso aprobar, el avalúo de los bienes
distintos del dinero que uno o más socios se hubiesen obligado a aportar. Los
suscriptores no tendrán derecho a voto en lo que se refiere a la aceptación del
valúo de sus aportaciones en especie.
IV. Decidir acerca de la participación que los fundadores se
hubiesen reservado en las utilidades.
V. Hacer la elección de los administradores y del auditor
que hayan de funcionar durante el plazo señalado por la escritura, con
designación de quiénes de los primeros han de usar la firma social.
VI. Aprobar el proyecto de la escritura de constitución de
la sociedad y disponer su protocolización designando a las personas que deban
otorgar el instrumento ante Notario, a nombre de los accionistas.
ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN
Según el Art. 22 del C.C. la escritura social constitutiva
debe contener:
I. Nombre, edad, ocupación, nacionalidad y domicilio de las
personas naturales; y nombre, naturaleza, nacionalidad y domicilio de las
personas jurídicas, que integran la sociedad.
II. Domicilio de la sociedad que se constituye.
III. Naturaleza.
IV. Finalidad.
V. Razón social.
VI. Duración o declaración expresa de constituirse por
tiempo indeterminado.
VII. Importe del capital social; cuando el capital sea
variable se indicará el mínimo.
VIII. Expresión de lo que cada socio aporte en dinero o en
otros bienes, y el valor atribuido a éstos.
IX. Régimen de administración de la sociedad, con expresión
de los nombres, facultades y obligaciones de los organismos respectivos.
X. Manera de hacer distribución de utilidades y, en su caso,
la aplicación de pérdidas, entre los socios.
XI. Modo de constituir reservas.
XII. Bases para practicar la liquidación de la sociedad;
manera de elegir liquidadores cuando no fueren nombrados en el instrumento y
atribuciones y obligaciones de éstos.
Además de los requisitos anteriores, el Art. 194 del mismo
código establece
que para las Sociedades Anónimas, además son necesarios los
siguientes:
I. La suscripción de las acciones, con indicación del monto
que se haya pagado del capital.
II. La manera y plazo en que deberá pagarse la parte
insoluta del capital suscrito.
III. El número, valor nominal y naturaleza de las acciones
en que se divide el capital social.
IV. En su caso, la determinación de los derechos,
prerrogativas y limitaciones en materia de acciones preferidas.
V. Todo lo relativo a otros títulos de participación, si se
pacta la existencia de ellos.
VI. La facultad de los accionistas para suscribir
cualesquiera aportaciones suplementarias o aumentos de capital.
VII. La forma en que deban elegirse las personas que habrán
de ejercer la administración y la auditoria, el tiempo que deban durar en sus
funciones y la manera de proveer las vacantes.
Los plazos y forma de convocatoria y celebración de las
juntas generales ordinarias; y los casos y el modo de convocar y celebrar las
extraordinarias.
i. CAPITAL SOCIAL
El capital social se divide en partes alícuotas,
representadas por títulos valores llamados acciones; dicho capital no puede ser
inferior a cien mil colones ($ 11,428.57) y debe estar íntegramente suscrito.
El Art. 306 del C.C. establece que cualquier sociedad puede
optar por el régimen de capital variable. Cuando una Sociedad Anónima opte por
este régimen de capital debe añadir siempre a la razón social, las palabras
"de capital variable" o su abreviatura "de C.V."; por
ejemplo: “Sociedades, S.A. de C.V.”
ii. RESERVA
El Art. 39 del Código de Comercio establece que toda
sociedad deberá separar anualmente un porcentaje para formar la reserva legal,
hasta que ésta alcance una cantidad determinada, no se admite pacto en
contrario.
El Art. 295 dice que son aplicables a las sociedades
anónimas las disposiciones contenidas en los artículos 123 y 124 de mismo
código, los cuales citan:
“La cantidad que se destinará anualmente para formar la
reserva legal de la sociedad de responsabilidad limitada, será el siete por
ciento de las utilidades netas y el límite mínimo legal de dicha reserva será
la quinta parte del capital social.
Las dos terceras partes de las cantidades que aparezcan en
la reserva legal deberán tenerse disponibles o invertirse en valores mercantiles
salvadoreños o centroamericanos de fácil realización; la otra tercera parte
podrá invertirse de acuerdo con la finalidad de la sociedad.”
Trámites y registros
obligatorios para que una empresa inicie
OPERACIONES
EN EL SALVADOR.
1.
Obtención de NIT e IVA
a. Presentar Formulario F210 de Trámites
completo.
b.
Presentar copia de la Escritura de Constitución autenticada más una copia de la
misma.
c.
Presentar copia de credencial del Representante Legal, autenticado, más una
copia del mismo, o en su defecto, copia autenticada del Poder, con el que actúa
el apoderado nombrado, debidamente inscrito.
d.
Presentar copia de NIT y DUI autenticados de Representante Legal.
e.
Autorización a persona que realizara el tramite, con todos los detalles de la
sociedad y representante legal en el cual indique folio de formulario F 210.
f.
Presentar comprobante de derechos de pago del Número de Identificación
Tributaria, NIT.
2.
Inscripción en Alcaldía Municipal del municipio en que la sociedad tenga su
domicilio.
a.
Presentar formulario de trámites empresariales.
b.
Anexar copia de escritura de constitución autenticada.
c.
Copia autenticada de NIT de la Sociedad.
d.
Copia autenticada de credencial del Representante Legal o Apoderado, anexando
DUI y NIT autenticados del Representante Legal.
e.
Presentar balance General Inicial original, firmado y sellado por Contador
Público autorizado.
f.
Cancelar el 0.1% por el valor del capital social inicial. En el caso de
sociedades que se constituyen con el monto de capital social mínimo (de USD
11,428.57), se cancelara USD 11.43
3.
Inscripción en Estadísticas y Censos.
a.
Presentar formulario de Inscripción.
b.
Presentar copia de Escritura de constitución.
c.
Copia de NIT de la empresa.
d.
Copia de balance general inicial si se hace en el mismo año. Si se escribe en
un año diferente presentar Balance general al 31 de diciembre de año terminado.
e.
Cancelar USD 5.00 sí es Balance Inicial o General con un capital hasta USD
11,428.57, con un capital mayor a USD 11,428.58, pero menor de USD 57,142.86 se
cancelara un monto de USD 8.00; si el capital es mayor de USD 57,142.87, pero
menor a USD 114,285.71 se cancela USD 10.00 Sí el capital es mayor de USD
114,285.71, pero menor de USD 228,571.43, se cancela USD 15.00 Sí el capital es
mayor de de USD 228, 571.44, se cancelará USD 20.00.
4.
Inscripción en Registro de Comercio.
a.
Presentar escrito de inscripción, firmado por Representante Legal o apoderado.
b.
Pagar derechos de inscripción y presentar recibo por USD 125.71
c.
Presentar recibo de pago de los Derechos de Inscripción en Alcaldía Municipal
del domicilio de la sociedad.
d.
Presentar solvencia de inscripción en Estadísticas y Censos.
e.
Presentar balance general Inicial, firmado y sellado por Contador Público
autorizado.
f.
Inscripción de balance inicial el costo de USD 17.14
TRAMITES
A REALIZARSE CUANDO LA EMPRESA YA CUENTA CON
EMPLEADOS.
1.
Inscripción en el Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS).
a.
Presentar formulario de Inscripción (boleta) con todos los espacio llenos,
firmada por Representante Legal o Apoderado.
b.
Anexar copia autenticada por notario de escritura de constitución de la
sociedad.
c.
Anexar copia autenticada de NIT.
d.
Presentar copia autenticada de Credencial o Poder de Representante Legal.
e.
Copia autenticada de DUI y NIT de representante legal.
f.
Presentar nomina de empleados, mínimo 2 empleados.
g.
Presentar croquis de ubicación lugar de domicilio de la empresa.
2.
Inscripción en Administradora de Fondos de Pensiones (AFP).
a.
Presentar escrito con todos los detalles de la empresa, enviarlos a la AFP de
elección.
b.
Enviar copia de NIT e IVA a la AFP seleccionada.
c. Sí
los empleados no están afiliados a ninguna AFP indicarles lo hagan a la AFP de
su preferencia (AFP CONFIA o AFP CRECER).
PARTE
CONTABLE AL INICIAR UNA SOCIEDAD
1. Se
necesita elaboración del Sistema Contable (Descripción del Sistema contable,
Catalogo de cuentas, y manual de aplicaciones). El cual lo tiene que autorizar
un licenciado en contaduría pública debidamente autorizado por el Consejo de la
profesión de la Contaduría de El Salvador.
2.
Legalización de libros de contabilidad (libro diario, libro mayor, libro de
estados financieros, libro de actas de junta general, libro de actas de junta
directiva, libro de registro de accionistas, y libro de aumento y disminución
de capital) libros que debe autorizar y foliar un licenciado en contaduría
pública debidamente autorizado por el Consejo de la Profesión de laContaduría
de El Salvador.
3.
Legalización de libros de IVA (Libro de Ventas a Contribuyentes, libro deventas
a consumidor, y libro de compras). El cual lo autoriza, foliando todassus
hojas, un licenciado en Contaduría Pública debidamente autorizado porel consejo
de la Profesión de la Contaduría de El Salvador.
4.
Enviar a solicitar al Ministerio de Hacienda, la autorización para elaborar la
papelería fiscal (comprobantes de crédito fiscal, facturas de consumidor final,
notas de remisión, notas de crédito, notas de debito y otros según la
necesidad), debiendo firmar la solicitud el Representante Legal o el Apoderado,
anexando copia autenticada de escritura de la sociedad, NIT e IVA, así como de
su credencial o del Poder con que actúa.
5. Una
vez gestionada la autorización por parte del Ministerio de Hacienda (según
numeral anterior) entregar la autorización a una imprenta de las autorizadas
por el Ministerio de Hacienda, para que elabore las facturas, comprobantes de
crédito fiscal.
Conclusiones
La aportación fundamental a este trabajo ha sido las empresas anónimas en general haciendo énfasis en la creación de esta, a lo largo de la investigación se presentan una serie de información recopilada, que detalla los diferentes trámites legales que se requiere para la constitución y creación de esta sociedad; así mismo presentando un manual para los grandes emprendedores que en un futuro desean crear una sociedad anónima para esto, en el trabajo de investigación se presenta un ejemplo detallado con la empresa “BUENAS MIGAS” visualizando como legalizar la sociedad y los pasos a seguir, no dejando a un lado el análisis en el entorno competitivo las diferentes fuerzas de trabajo, que han concluido y reforzado para el mejoramiento de esta entidad y el producto; en la actualidad salvadoreña la mayoría de empresas están constituidas como sociedades anónimas (S.A de C.V) es por eso que constituyen parte importante en la economía salvadoreña.
Bibliografía
PD: Recomiendo ver el documento ya que no puse todo :)
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